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Avanza la reforma del Código Procesal Penal «K»

13 noviembre, 2014
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La reunión estuvo encabezada por los presidentes de presupuesto, Anibal Fernández y Pedro Guastavino, ambos del Frente para la Victoria.

Entre las 42 modificaciones realizadas al texto original se destacan algunas que concentraron la mayor cantidad de críticas. Sin duda, la que más dardos recibió fue la figura de «conmoción social del hecho» para dictar una prisión preventiva. Terminó siendo eliminada por entender que se prestaba a posibles «malas interpretaciones».

Algunas de las modificaciones serían las siguientes:

Aplicación: según la modificación realizada al proyecto, el nuevo Código regirá sólo para las causas que se inicien luego de su entrada en vigencia. Los acusados en causas preexistentes no podrán acogerse al beneficio de un procedimiento penal más favorable.

Excarcelaciones: como condición para considerar el peligro de fuga de un imputado se incorporó «la constatación de detenciones previas» y la «declaración de reincidencia por delitos dolosos», sin que haya sentencia previa en su contra. Así, la «reiterancia», o reiteración de delitos, se suma a la figura de «reincidencia».

«Conmoción social»: quedó fuera de la norma el concepto de «conmoción social» como causal para el dictado de la prisión preventiva, un punto que había sido cuestionado del primer texto enviado con el proyecto de reforma del CPP.

Sin orden judicial: como una de las excepciones para disponer la detención sin orden judicial de un individuo se dejó la previsión por la cual el juez debe ordenar la libertad del acusado si la situación no se resolviera en un plazo máximo de 72 horas, pero se agregó en el mismo artículo que el fiscal podrá, «en forma excepcional y por única vez, solicitar en la audiencia una prórroga del plazo de detención por razones fundadas en complejidad probatoria» por 72 horas más.

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