Se trata de un falló a favor de una presentación que realizó la empresa Loma Negra S.A mediante el cual la Justicia ordena a la provincia que se deje de exigir el cobro por adelantado a esta empresa en particular.
Sin dudas el fallo sienta precedentes y abre el debate sobre la constitucionalidad de la denominada «aduana paralela» tan cuestionada en Misiones, que fue denunciada públicamente en varias oportunidades por empresarios locales.
La causa iniciada por la empresa cementera busca declarar la inconstitucionalidad del decreto provincial 2913/07 y de la resolución general 56/2007 de la Dirección General de Rentas de Misiones, ya que según la empresa obstaculizan la libre circulación de mercaderías en el territorio nacional.
Dicha normativa provincial establece un régimen de pago a cuenta del impuesto a los ingresos brutos, que prevé un anticipo de pago previo al ingreso de mercaderías a la provincia de Misiones.
En tal sentido, la firma actora alegó que, cuando los transportes con sus productos arribaban al territorio de la provincia de Misiones se les exigía acreditar el pago del anticipo, en virtud de la normativa cuestionada y que, en caso de no cumplirlo, se les impedía su ingreso a la provincia.
Además, Loma Negra alegó que la provincia no tiene facultad para regular en la materia, que el pago a cuenta allí establecido opera como un derecho de paso y que implica, por parte de la provincia, la constitución de una aduana interior que vulnera los artículos 9, 10, 11, 75 incisos 1° y 10 y 126 de la Constitución Nacional.
A partir de ello, solicitó el dictado de una medida cautelar que le ordenara a la provincia de Misiones abstenerse tanto de exigir el pago a cuenta del anticipo impositivo, como de realizar cualquier otra acción que le impidiera introducir en su territorio sus productos u obstaculizara su actividad comercial, medida que fue concedida en el día de la fecha.
Con esta acción la puerta queda abierta para que otras firmas hagan presentaciones en contra del cobro por adelantado y se termine logrando la inconstitucionalidad del decreto provincial que rige desde el año 2007.
Con fragmentos de Palabrasdelderecho.com.ar